sábado, 30 de enero de 2010
viernes, 22 de enero de 2010
“SEPARACION DE CUERPO CONVENCIONAL –PROCEDIMIENTO MUNICIPAL Y NOTARIAL LEY Nº 29227” Lima, 26 y 27 de Enero del 2010
Tema : La Separación Convencional en las Municipalidades l: Proceso, Requisitos, Duración.
Expositor : Dr.Julio Cesar Castiglioni Ghiglino
Especialista en Derecho Municipal y Derecho Administrativo
Tema : La Separación Convencional en las Notarias: Proceso, Requisitos, Duración
Expositor : Dr. Juan Belfor Zarate del Pino
Notario de Lima
Lugar : Auditorio del Ministerio de Justicia – Calle Carlos Tenaud cuadra 3 s/n – Miraflores (Alt. Cdra. 42 de la Av. Arequipa)
Costo : S/. 52.92 (cincuenta y dos soles con noventa y dos céntimos), que deberá ser abonado al Banco de la Nación por el Sistema de Teleproceso, tributo 04677 Cuenta del Ministerio de Justicia y luego faxearlo al 4215136 para su registro y suscripción
.
Dirigido : Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público, abogados, funcionarios y empleados de las
instituciones públicas y privadas, estudiantes universitarios, público en general.
Informes : Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos – Dirección de Difusión Legislativa
Teléfonos: 421-5136 – 422-4447
E-mail : spaz@minjus.gob.pe
Se otorgaran certificados
www.minjus.gob.pe
CURSO INTEGRAL “CONOCIENDO EL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL Y LAS TECNICAS DE LITIGACIÓN ORAL”
“CONOCIENDO EL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL Y LAS
TECNICAS DE LITIGACIÓN ORAL”
02 DE FEBRERO
TÍTULO PRELIMINAR
DISPOSICIONES GENERALES
Principios Constitucionales y Estructura del Sistema Penal Acusatorio
Roles procésales en el Sistema Acusatorio.
La Oralidad. – Características del Contradictorio en el Sistema Acusatorio.
La Acción Penal
La Acción Civil
La Jurisdicción y Competencia
La Acumulación
La Inhibición y Recusación
Expositor:
Dr. Jorge Luís Díaz Cabello
EL MINISTERIO PÚBLICO Y LOS DEMÁS SUJETOS PROCESALES
El Imputado y el Abogado Defensor
Las Personas Jurídicas
La Víctima
El Agraviado
El Actor Civil
El Querellante Particular
El Tercero Civil
Expositor:
Dr. Felix Anibal Avila Loli
LA ACTIVIDAD PROCESAL
Las Formalidades
Las Actas
Las Disposiciones y las Resoluciones
Las Notificaciones y Citaciones
Comunicación entre Autoridades
La Formación del Expediente Fiscal y Judicial
Los Plazos
La Nulidad
Expositor:
Dr. Joel Segura Alania
09 DE FEBRERO
LA PRUEBA
Los Medios de Prueba
La Confesión
El Testimonio
La Pericia
El Careo
La Prueba Documental
Los otros Medios de Prueba
El Reconocimiento
La Inspección Judicial y La Reconstrucción
Las Pruebas Especiales
Expositor:
Dr. Héctor Manuel Centeno Buendia
LA BÚSQUEDA DE PRUEBAS Y RESTRICCIÓN DE DERECHOS
El Control de Identidad y la Videovigilancia
El Control de Identidad Policial
La Videovigilancia
Las Pesquisas
La Intervención Corporal
El Allanamiento
Expositora:
Dra. Rosa Delsa Mávila León
LA BÚSQUEDA DE PRUEBAS Y RESTRICCIÓN DE DERECHOS
La Exhibición e Incautación de Bienes
La Exhibición e Incautación de Actuaciones y Documentos no Privados
El Control de Comunicaciones y Documentos Privados
La Interceptación e Incautación Postal
La Intervención de Comunicaciones y Telecomunicaciones
El Aseguramiento e Incautación de Documentos Privados
El Levantamiento del Secreto Bancario y de la Reserva Tributaria
La Clausura o Vigilancia de Locales e Inmovilización
Expositor:
Dr. Héctor Manuel Centeno Buendia
16 DE FEBRERO
LA PRUEBA ANTICIPADA
Las Medidas de Coerción Procesal
Preceptos Generales
Expositor:
Dr. Rodolfo Socla Alarcón
17 DE FEBRERO
La Detención
La Prisión Preventiva
• Los Presupuestos de la Prisión Preventiva
• La Duración de la Prisión Preventiva
• La Impugnación de la Prisión Preventiva
• La Revocatoria de la Comparecencia por Prisión Preventiva
• La Incomunicación
• La Cesación de la Prisión Preventiva
Expositor:
Dr. Frank Robert Almanza Altamirano
18 DE FEBRERO
La Comparecencia
La Internación Preventiva
El Impedimento de Salida
De la Suspensión Preventiva de Derechos
El Embargo
Otras Medidas Reales
La Incautación
Expositor:
Dr. Frank Robert Almanza Altamirano
02 DE MARZO
LA ETAPA PREPARATORIA
Normas Generales
La Denuncia y los Actos Iniciales de la Investigación
La Denuncia
Actos Iniciales de la Investigación
La Investigación Preparatoria
Los Actos Especiales de Investigación
Conclusión de la Investigación Preparatoria
Expositor:
Luís Enrique Francia Sánchez
LA ETAPA INTERMEDIA
La Acusación
El Auto de Enjuiciamiento
El Auto de Citación a Juicio
Expositor:
Luís Enrique Francia Sanchez
EL JUZGAMIENTO
La Preparación del Debate
El Desarrollo del Juicio
La Actuación Probatoria
Los Alegatos Finales
La Deliberación y la Sentencia
Expositor:
Luís Enrique Francia Sanchez
16 DE MARZO
LA IMPUGNACIÓN
Los Recursos
El Recurso de Reposición
El Recurso de Apelación
Preceptos Generales
La Apelación de Autos
La Apelación de Sentencias
El Recurso de Casación
El Recurso de Queja
La Acción de Revisión
Técnicas para la presentación de alegatos de apertura y de clausura
Expositor:
Dr. Fernando Núñez Pérez
LOS PROCESOS ESPECIALES
El Proceso por Razón de la Función Pública
El Proceso por Delitos de Función Atribuidos a Altos Funcionarios Públicos
El Proceso por Delitos Comunes Atribuidos a Congresistas y Otros Altos Funcionarios
El Proceso por Delitos de Función Atribuidos a Otros Funcionarios Públicos
El Proceso de Seguridad
Proceso por Delito de Ejercicio Privado de la Acción Penal
El Proceso de Terminación Anticipada
Proceso por Colaboración Eficaz
El Proceso por Faltas
Expositor:
Dr. Fernando Núñez Pérez
LA EJECUCIÓN Y LAS COSTAS
Las Costas
Expositor:
Dr. Fernando Núñez Pérez
30 DE MARZO
LA COOPERACIÓN JUDICIAL INTERNACIONAL
La Extradición
Condiciones Generales
La Extradición Pasiva
La Extradición Activa
La Asistencia Judicial Internacional
Las Diligencias en el exterior
El Cumplimiento de Condenas
Las Penas y las Medidas Privativas de Libertad Efectivas
Las Otras Penas y Medidas de Seguridad
La Entrega Vigilada
Expositor:
Dr. Jaime Ricra Huamán
COOPERACIÓN CON LA CORTE PENAL INTERNACIONAL
La Detención y Entrega de Personas y la Detención Provisional
Los Demás Actos de Cooperación
La Ejecución de la Pena
Expositora:
Dra. Cecilia Hinojosa Cuba
13,14 Y 15 DE ABRIL
TECNICAS DE LITIGACION ORAL
• Teoría del Caso - Técnicas para las audiencias preliminares y previas al juicio.
• Técnicas de interrogatorios y contra interrogatorios
• Técnicas para la presentación de las Objeciones.
Técnicas para la presentación de alegatos de apertura y de clausura.
Expositor:
Dr. José Neyra Flores
20,21 Y 22 DE ABRIL
SIMPLIFICACIÓN PROCESAL
• Análisis y practica de las herramientas de la simplificación procesal penal
Expositor:
Dr. Miguel Eduardo Alzadora Zevallos
23 DE ABRIL
VISITA A LA CORTE SUPERIOR DE HUAURA
Precio por módulo : S/. 52.92 Nuevos Soles.
Que deberá ser abonado al Banco de la Nación por el Sistema de Teleproceso al tributo
04677 Eventos de Difusión Legislativa del Ministerio de Justicia cuyo voucher deberá ser
enviado al fax 4215136, indicando nombre completo, teléfono, nombre del módulo y
correo electrónico personal con letra legible para su registro e inscripción.
Lugar : Auditorio del Ministerio de Justicia
Calle Carlos Tenaud Cuadra 3 s/n – Miraflores (Alt. Cdra. 42 de la Av.
Arequipa)
De 18:00 a 21:00 hrs.
Dirigido : Magistrados, Abogados y público en general.
Informes : Dirección de Difusión Legislativa: teléfono: 422-4447
E-mail : tmaurici@minjus.gob.pe, esalazar@minjus.gob.pe
Vacantes : Limitadas
Se otorgarán Certificados
www.minjus.gob.pe
sábado, 16 de enero de 2010
viernes, 15 de enero de 2010
Secigra incrementará número de practicantes de Derecho en entidades públicas
"El número de secigristas participantes será incrementando a 1520, en virtud a la mayor oferta de vacantes efectuadas por las unidades receptoras", señaló la funcionaria del Ministerio de Justicia, tras destacar que ello se debe a que en la actualidad existen oficinas de Secigra en casi todas las universidades del país, en las cuales exista una facultad de Derecho.
Asimismo, informó que durante el primer trimestre del 2010 el reglamento de la Ley de Secigra Derecho será modificado y presentará tres novedades: se permitirá la participación del egresado solo para casos donde aún queden vacantes disponibles y no hayan alumnos en lista de reserva de ninguna universidad; se establecerá una única modalidad de prestación de servicio con 6 horas de prestación diaria; y, se buscará modificar la oportunidad para la inscripción de los alumnos al mes de enero del año en ejecución.
"De aprobarse estas propuestas, entrarán en vigencia recién en el 2011", remarcó Vizcarra Alvizuri, al tiempo de señalar que lo que se busca con estas modificatorias es tener "calidad de alumnos en lugar de cantidad". Ejemplo de ello –dijo- son los estudiantes que laboran en las diversas dependencias del Estado. En el caso del Ministerio de Justicia, un importante número de secigristas serán destinados -el próximo año- a apoyar en la labor de aplicación del nuevo Código Procesal Penal, en las ciudades donde ya se encuentre vigente.
"El Secigra es una excelente oportunidad para que el alumno de Derecho conozca lo que sucede en la administración pública. Esos alumnos estarán sensibilizados y sabrán cómo funcionan los casos. Además, por la labor que realizan reciben un incentivo, en algunos casos de hasta un sueldo mínimo", acotó.
Durante el 2009, los estudiantes universitarios participaron activamente en dependencias como la Academia de la Magistratura, Defensoría del Pueblo, Corte Superior de Justicia de Lima y el Ministerio Público.
Asimismo, realizaron sus prácticas en los ministerios de Comercio Exterior, Economía, Energía y Minas, Justicia, de la Mujer, de la Producción, de Relaciones Exteriores, Salud, Transportes y Comunicaciones, Interior, Procuraduría Pública; además de las municipalidades de Miraflores, San Martín de Porres, Lima, entre otras entidades a nivel nacional.
Aprueban “Programa SECIGRA DERECHO 2010”
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Ley Nº 26113, modificado por la Ley Nº 27687, aprueba las normas relativas al Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO, prestado facultativamente por los estudiantes de las Facultades de Derecho de las Universidades del país, a partir del último año de estudios profesionales, con la finalidad que los alumnos participantes realicen actividades jurídicas en dependencias de la administración pública, como una acción complementaria para coadyuvar a una pronta y eficiente administración de justicia, ampliando el ejercicio práctico de la profesión e incentivando la responsabilidad social del graduando;
Que, el artículo 3 del citado dispositivo establece que el SECIGRA DERECHO se presta en programas de duración anual, cuya fecha de inicio es determinada por el Ministerio de Justicia, precisándose en el artículo 6 que corresponde a esta entidad organizar y coordinar con las universidades la asignación de los estudiantes;
Que, el artículo 2 de la Ley 27687 establece que las dependencias de la Administración Pública determinarán anualmente el número de vacantes para los estudiantes de derecho que opten por hacer el SECIGRA DERECHO a fin de asumir el pago del estipendio correspondiente, disposición concordante con lo previsto en los artículos 14 y 23 del Reglamento de la Ley del Servicio Civil de Graduandos, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2002-JUS;
Que, en tal sentido, corresponde aprobar el “Programa SECIGRA DERECHO 2010”, su periodo de prestación, así como el monto mínimo de estipendio que deberán abonar mensualmente las Unidades Receptoras a los alumnos que se les asignen;
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 2 y 8 del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el “Programa SECIGRA DERECHO 2010” que, en anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Determinar como periodo de prestación del Servicio Civil de Graduandos
en el marco del “Programa SECIGRA DERECHO 2010”, el siguiente:
Del 15 de enero al 15 de julio de 2010; y,
Del 02 de agosto al 30 de noviembre de 2010.
Artículo 3.- Las Unidades Receptoras deben abonar mensualmente a los secigristas
que le son asignados, un estipendio cuyo monto debe ser fijado acorde a su disponibilidad
presupuestal. Dicho estipendio no podrá ser menor a las siguientes cantidades:
MODALIDAD MONTO A NIVEL NACIONAL
- SECIGRA PLENO S/. 510.00 NUEVOS SOLES
- SECIGRA SEMIPLENO S/. 340.00 NUEVOS SOLES
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AURELIO PASTOR VALDIVIESO
Ministro de Justicia
- Contar con un documento de gestión que sirva de orientación y seguimiento de las actividades a desarrollarse en el Programa SECIGRA DERECHO 2010.
- Brindar al estudiante de derecho la oportunidad de realizar actividades jurídicas en dependencias de la administración pública, como una acción complementaria para coadyuvar a una pronta y eficiente administración de justicia, ampliando el ejercicio práctico de la profesión e incentivando la responsabilidad social del graduando.
- Asimismo, se busca que las instituciones donde se desarrollen las practicas reúnan las características adecuadas que contribuyan al desarrollo profesional del estudiante de derecho, permitiéndole conocer la gestión pública y consolidar su perfil profesional.
- En este contexto, velar por el cabal cumplimiento de las normas que regulan el desarrollo y ejecución del Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO en el ámbito nacional.
II. BASE LEGAL
- Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia.
- Decreto Ley Nº 26113, que aprueba normas relativas al Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO, modificado por Ley Nº 27687, Ley que otorga carácter facultativo al SECIGRA DERECHO.
- Decreto Supremo Nº 016-2002-JUS, Reglamento de la Ley de Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO.
III. ALCANCE
El Programa SECIGRA DERECHO 2010, comprende a las universidades, Unidades Receptoras y secigristas que, en el marco de la ley, solicitaron participar en el mismo, en el ámbito de las ciudades de Abancay, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Chiclayo, Chimbote, Huacho, Huánuco, Huancavelica, Ica, Iquitos, Huancayo, Huaraz, Lima, Moquegua, Piura, Puerto Maldonado, Puno, Tacna, Tarapoto, Tumbes, Trujillo y Ucayali, donde se ejecutará.
IV. SITUACIÓN ACTUAL
- El Servicio Civil de Graduandos viene cumpliendo los propósitos para los cuales fue creado, colaborando dentro de su marco normativo, con la administración pública y de justicia.
La prestación facultativa del Servicio, conlleva a optimizar el rendimiento de los alumnos asignados y, por ende, un mayor beneficio para las instituciones que cuentan con su participación.
- Así mismo, al ser las Unidades Receptoras las encargadas de abonar el estipendio correspondiente, se genera su mayor participación en la supervisón y orientación de las labores que desempeñan los alumnos, fortaleciendo el binomio secigrista-Unidad Receptora.
V. ACTIVIDADES PROGRAMADAS
Las siguientes actividades se ejecutarán en concordancia con el presupuesto con que cuente en el año 2010 la Dirección de Servicio Civil de Graduandos de la Dirección Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia.
1.- ASIGNACIÓN DE LOS ALUMNOS A LAS UNIDADES RECEPTORAS EN EL AMBITO NACIONAL
La Dirección de Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO de la Dirección Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia es la encargada de realizar la asignación de los graduandos en las Unidades Receptoras para lo cual coordina con las Facultades de Derecho de las diferentes universidades del país, elaborando los Registros correspondientes e inscribiendo a los estudiantes que opten por realizar el Servicio y que alcancen una vacante, en el marco del procedimiento establecido e informado a las universidades. El Servicio Civil de Graduandos se presta en dependencias, entidades o instituciones de carácter público, en las que se realice actividades jurídicas.
2.- RESOLUCIÓN DE ASIGNACIÓN DE LOS ALUMNOS
La Dirección de Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO, forma el grupo de alumnos para cada Unidad Receptora, según las plazas ofrecidas y cubiertas en el proceso de selección; expidiendo la Dirección Nacional de Justicia la resolución correspondiente.
Se expedirá una resolución administrativa por cada ciudad donde se ejecute el Programa SECIGRA DERECHO 2010.
Dichas resoluciones serán puestas en conocimiento de las Facultades de Derecho del país que cuenten con su Oficina Responsable de SECIGRA DERECHO y participen en el Programa.
3.- REGISTRO DE PARTICIPANTES EN EL PROGRAMA
La Dirección de Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO registra a las universidades, estudiantes de derecho y Unidades Receptoras en el Sistema Informático de SECIGRA DERECHO, manteniendo actualizada la información al respecto.
4.- REALIZACIÓN DE EVENTOS Y PUBLICACIONES
La Dirección de Servicio Civil de Graduandos a fin de contribuir a que los estudiantes de derecho cumplan de manera eficiente las labores encomendadas, llevará a cabo cursos de capacitación.
La referida Dirección, realizará eventos de capacitación en Lima y en provincias, para lo cual coordinará con las universidades y las diversas Unidades Receptoras, buscando que los alumnos tengan igual oportunidad de acceso a los eventos que se realicen. En dichos eventos se les entregará material de lectura vinculado al tema, como complemento de la capacitación recibida. Material que es remitido también a las demás ciudades que participan del Programa.
5.- GESTION DE DIFUSION
Entre las funciones de la Dirección de SECIGRA DERECHO está la de promocionar el Servicio Civil de Graduandos y brindar al alumno alternativas que permitan consolidar su perfil profesional. En este sentido se tiene programado realizar lo siguiente:
- Difundir una cartilla informativa entre los secigristas, con la normatividad que rige la ejecución del Programa SECIGRA DERECHO y otros aspectos vinculados al mismo.
- Expedir una resolución directoral por universidad reconociendo a los secigristas que hayan efectuado un excelente servicio.
- Registrar a los mejores secigristas publicando sus nombres en la página web del Ministerio de Justicia, a fin que puedan ser observados por las diferentes instituciones para cualquier solicitud de trabajo.
6.- EVALUACIÓN Y SUPERVISION
- En el marco de las actividades del Programa SECIGRA DERECHO 2010, se realizarán dos evaluaciones de los alumnos, a través de un Informe Parcial y de un Informe Final, expedidos por la Unidad Receptora y visados por las autoridades respectivas de la universidad.
- La supervisión del cumplimiento del Servicio Civil de Graduandos estará a cargo de la Dirección de Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO, por parte del Ministerio de Justicia, y de los supervisores, por parte de las universidades; debiendo estos últimos presentar informes bimensuales ante la Oficina Responsable de SECIGRA DERECHO de su Facultad.
- En caso que el alumno cometa alguna infracción o irregularidad durante la prestación de su Servicio, la Dirección de Servicio Civil de Graduandos, comunicará a la Facultad de Derecho de la universidad de procedencia del alumno, a fin que se realice el trámite pertinente y se adopten las medidas que correspondan, en el marco de sus Reglamentos Internos.
- Se realizarán coordinaciones permanentes con los Jefes de la Oficinas Responsables de SECIGRA DERECHO de las Facultades de Derecho del país sobre temas de interés relacionados con el Programa SECIGRA DERECHO 2010.
- Se realizarán visitas de supervisión a las Oficinas Responsables de SECIGRA DERECHO, a las Unidades Receptoras y a los secigristas, a nivel nacional.
7.- FINALIZACIÓN DEL PROGRAMA
Finalizada la prestación del Servicio Civil de Graduandos, se resaltará la labor de aquellos alumnos que destaquen por su eficiencia en el Servicio, considerando para ello las propuestas que al respecto realicen las unidades receptoras y la designación que efectúe la universidad. Se publicará la relación de los alumnos más destacados en la página web del Ministerio de Justicia.
A los alumnos de las universidades del país que prestaron el SECIGRA DERECHO se les otorgará el Certificado de SECIGRA DERECHO, el que sólo se elaborará si el alumno cumple con los requisitos previstos en la normatividad, esto es, haber presentado los Informes Parcial, Final y Personal, y contar con el total de asistencia.
Sunat aprueba normas para suspender los pagos a cuenta
Independientes podrán solicitar suspensión de retenciones
Si ingresos mensuales son menores a S/. 2,625, precisa entidad
Los trabajadores independientes, sean profesionales o no, durante el ejercicio 2010 no estarán obligados a declarar ni a realizar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (cuarta categoría) si la suma de los honorarios percibidos en el mes no superan S/. 2,625 (un dozavo de S/. 31,500 que están inafectos en el presente ejercicio), de acuerdo con la RS Nº 006-2010/Sunat.
En el caso de percibir honorarios por rentas de cuarta categoría más remuneraciones de quinta categoría, ambos conceptos no deben superar los S/. 2,625 mensuales para ser exceptuados de la declaración y pago mensual de la cuarta categoría, precisa la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
Al respecto, el gerente legal de esta institución, Víctor Zavala Lozano, añadió que tratándose de los directores de empresa, síndicos, mandatarios, gestores de negocios y consejeros municipales y regionales, que no tienen derecho a deducir como gasto el 20% de sus honorarios brutos, estarán obligados a declarar y pagar mensualmente (10% de los honorarios), solo cuando sus rentas de cuarta o cuarta más quinta superen los S/. 2,100 mensuales.
Empresas y retenciones
Precisó que la obligación de las empresas de efectuar las retenciones sobre los honorarios continuará regulándose por el DS Nº 215-2006-EF, siempre que el monto del honorario por pagar exceda los S/. 1,500. Todo ello debido a que la norma en comentario solo se refiere a la obligación y exclusión de presentar declaraciones juradas y de hacer pagos a cuenta mensuales directo, a cargo de los trabajadores independientes y/o directores.
Las empresas y entidades obligadas a llevar contabilidad completa, libro de ingresos y gastos, cuando paguen honorarios, deberán retener el 10% en los casos siguientes: cuando el perceptor de los honorarios no cuente con autorización para la suspensión de retenciones que otorga la Sunat, y cuando el honorario pagado exceda S/. 1,500.
Los contribuyentes a quienes se les retiene el 10% sobre honorarios que superen 1,500 nuevos soles y que al final del ejercicio no van a pagar IR tienen derecho a solicitar a la Sunat una constancia para que no se les efectúen más retenciones ni estén obligados a realizar pagos a cuenta mensuales.
Tienen igualmente este derecho si demuestran que el impuesto por pagar en 2010 ya ha sido pagado con anterioridad por tener pagos a cuenta y créditos del año anterior, afirmó el especialista Víctor Zavala.
El perceptor de rentas de cuarta categoría puede solicitar la suspensión de retenciones desde este mes, sin necesidad de esperar hasta junio. “En efecto, para solicitar la suspensión de retenciones, el contribuyente debe proyectar los ingresos por percibir en 2010 y, en estos casos, comparar sus ingresos en un rango que en algunas oportunidades abarca dos períodos fenecidos”, sostuvo Zavala.
áa través de Sunat virtual, utilizando el Formulario 1609. Si la solicitud fuera rechazada o no estuviera disponible el servicio virtual, se utilizará el formulario físico correspondiente.
jueves, 14 de enero de 2010
lunes, 11 de enero de 2010
MEF establece valor del UIT para el 2010
Usualmente el valor de la UIT se ajustaba anualmente de acuerdo con el índice de la inflación (de manera que no perdiera valor real). Cuando se estableció con su nombre actual, en 1992, su valor era de S/.1.040. A partir del 2001, la UIT se ajustaba a la inflación y se quiso hacerla equivaler (implícitamente) a US$1.000 al tipo de cambio de esa época (S/.3.000).
¿Y ESO QUÉ SIGNIFICA?
La UIT es el monto de referencia para las normas tributarias. El objetivo de ello es mantener en valores constantes (dentro de un ejercicio tributario y fiscal) las bases imponibles, deducciones y límites de afectación. También se utiliza como referencia para cualquier otro aspecto de los tributos que considere la legislación.
Se usa, asimismo, para aplicar sanciones económicas y determinar obligaciones contables, además de inscribirse en el registro de contribuyentes.
PRECISIONES
Antes de 1992, la UIT se denominaba unidad de referencia tributaria (URT).
Entre el 2001 y el 2010 el valor de la UIT pasó de S/.3.000 a S/.3.600, lo que representa un incremento de 20%.
via: elcomercio.pe